Seguimos con el comentario a la Sentencia 1384/2007, de 20 de diciembre del Tribunal Supremo, Sala I de lo Civil.
5. El supuesto de hecho, y la previsión legal, fundida con la Actio de pauperie citada por la Sentencia, pasó del Corpus Iuris justinianeo al Código Civil español, cristalizando en el vigente artículo 1905, si bien en el texto actual se excluye, como en todos los casos de responsabilidad objetiva, el caso de fuerza mayor o culpa exclusiva de la víctima, y por tanto, como recoge la Sentencia comentada, desplaza al demandado la carga de demostrar, no la ausencia de culpa (entendida como observación de la diligencia exigible), lo cual carece de relevancia jurídica, sino la interrupción del nexo de causalidad, “e implica –dice la Sentencia- realizar un juicio de valor para determinar si el resultado dañoso producido es objetivamente atribuible al agente como consecuencia de su conducta o actividad, en función de las obligaciones correspondientes al mismo, contractuales o extracontractuales, y de la previsibilidad del resultado lesivo con arreglo a las reglas de la experiencia, entre otros criterios de imputabilidad admitidos, como los relacionados con el riesgo permitido, riesgos de la vida, competencia de la víctima o ámbito de protección de la norma”.
En nota dice Cremades:
La Sentencia cita como precedentes históricos del actual artículo 1905 la mencionada actio de pauperie, el Fuero Real (Libro IV,Título IV, Ley XX) y las Partidas del Rey Sabio (Partida VII, Título XV, Leyes XXI a XXIII) sin advertir que en realidad la cita del Fuero Real reúne ambas acciones romanas mientras que la cita de Alfonso X recoge el edictum de feris. En efecto, dice el Fuero Real: ”e si por aventura, buey o can o otra bestia qualquier que de su natura debe ser mansa ficiere daño o en home o en bestia o en otra cosa, el dueño sea tenudo de emendar el daño o de dar el dañador que lo fizo: è si fuere bestia braba por su natura, asi como leon, o oso, o lobo, o otra bestia semejable, sea tenudo de enmendar el daño si no la ató, o no la guardó así como debía è si la ató è la guardó así como debia è por ocasión ficiere algún daño, no sea tenudo el dueño de pechar el daño mas dé el dañador que lo fizo”.
La Ley XXIII, Título IV, de la Partida VII, por su parte, desarrollan los preceptos del edictum de feris transcrito más arriba, en los siguientes términos: Ley 23: León y oso u onza o leopardo o lobo cerval o jineta o serpiente u otras bestias que son bravas por naturaleza, teniendo algún hombre en casa, débela guardar y tener presa de manera que no haga daño a ninguno; y si por ventura no la guardase así, e hiciese daño en alguna cosa de otro, débelo pagar doblado el señor de la bestia a aquel que lo recibió. Y si alguna de estas bestias hiciere daño en persona de algún hombre, de manera que lo hiriese, débelo hacer curar el señor de la bestia, comprando las medicinas y pagando el maestro que lo hiciese de lo suyo, y debe cuidar del herido hasta que sea curado, y además de esto débele pagar las obras que perdió desde el día que recibió el daño hasta el día que guareció y aun los menoscabos que hizo en otra manera por razón de aquel daño que recibió de la bestia. Y si aquel que las heridas recibió muriere, debe pagar por ello aquel cuya era la bestia doscientos maravedís de oro, la mitad a los herederos del muerto y la otra mitad a la cámara del Rey. Y si por ventura no muriese, mas quedase lisiado de algún miembro, débele hacer enmienda de la lesión, según albedrío del juez del lugar, considerando quién es aquel que recibió el mal y en cual miembro.
6. Concluye la Sentencia, resolviendo el litigio, que “la causa eficiente y adecuada de las lesiones sufridas por el actor se encuentra, lejos de la insuficiencia de las medidas de seguridad exigibles a la empresa de espectáculo circense poseedora de los animales, en la propia conducta de aquél, quien, consciente y deliberadamente, asumió el riesgo que entrañaba una acción que se revela carente de toda prudencia, y quien asumió también un resultado que se presentaba como previsible y claramente evitable, de tal forma que fue él quien voluntaria y conscientemente se situó en la posición de riesgo, y asumió y aceptó sus consecuencias, con lo que interfirió en el nexo causal entre el riesgo inherente a la tenencia y utilización de los animales y el resultado lesivo producido”. Y cita en apoyo de su criterio el principio jurídico de que quien asume un riesgo no puede reclamar por el daño, con la referencia a la regula contenida en Digestum Pomponius 8 ad Quintum Mucium 50. 17. 203:
Dig.50. 17. 203
Pomponius 8 ad Quintum Mucium
Quod quis ex culpa sua damnum sentit, non intellegitur damnum sentire. (No se entiende que el que sufre daño por su culpa, sufre daño)
Aunque un error de transcripción en la Sentencia la hace ininteligible al omitir las palabras “culpa” y “damnum”.
7. La solución, con el propio planteamiento de la litis, bien pudiera haber sido otra. Efectivamente, en contra del actor pesaban el hecho de que no era el encargado habitual de cuidad a los tigres y que nadie le había ordenado darles de beber, sin que se conozca en la Sentencia por qué se determinó a tan peligrosa operación, lo que podría ser determinante para establecer su parte de culpa.
Sin embargo, también es cierto que la producción del accidente demuestra, por un lado, que la jaula de los tigres de Bengala carecía de supervisión, ya que era accesible por cualquier empleado que no fuera el cuidador habitual de los animales y que además, como insiste el actor, la maniobra de abrir la trampilla inferior e introducir el brazo en la jaula, era la operación habitual del cuidador, es decir, que la configuración de la jaula no garantizaba que el empleado que sirviera el agua a los tigres (fuera o no el habitual) pudiera hacerlo con total seguridad, lo que –dado el carácter fiero y la peligrosidad de tales animales- debió haber sido previsto por el titular del negocio. En cualquier caso, en la medida en que el supuesto se encuadra en la responsabilidad objetiva establecida en el artículo 1905 CC, la misión del demandante no debería ser demostrar que el demandado ha actuado de modo negligente, sino que la tenencia de animales fue una causa relevante en la producción del resultado y que éste no deriva, exclusivamente, de la negligencia del actor.
Adolfo A. Díaz-Bautista Cremades.
Abogado. Profesor asociado de Derecho Privado. Universidad de Murcia.
Como conclusión a esta serie sobre los juicios a animales, ofrecemos el juicio que, en la comedia aristofánica Las avispas, prepara Bdelicleón (el que odia a Cleón) a su padre Filocleón (el amigo de Cleón), juez de la Heliea. Primero, el hijo impide al padre salir de casa, para dirigirse al tribunal, pese a todos sus intentos.
Después, como hemos dicho, Bdelicleón, para hacer perder a su padre su añoranza por los tribunales, le hace juzgar en la cocina al perro Labes: el episodio alude al general Laques, que se habría enriquecido en la campaña de Sicilia. Pero Filocleón no logra condenarlo, por causo de los trucos de su hijo.
BDELICLEÓN: Si hay algún juez fuera, que entre, pues en cuanto comience la vista no se dejará entrar a nadie.
FILOCLEÓN: ¿Quién es el acusado?
BDELICLEÓN: Aquí está.
FILOCLEÓN: ¡Y que le espera una bonita sentencia!
BDELICLEÓN: (Como acusador.) Oíd el acta de acusación. La formula un perro, nativo de Cidatenea, contra Labes, de Exona, al que acusa de haberse comido él solo, contra toda razón y derecho, un queso de Sicilia. La pena que se solicita es un cepo de higuera.
FILOCLEÓN: Una vez que se le haya reconocido culpable, debe morir, más bien, como un perro.
BDELICLFÓN: He aquí al susodicho Labes en el banco de los acusados.
FILOCLEÓN: ¡Ah, maldito! ¡Qué traza de ladrón tienes! ¿Si creerá que me va a engañar apretando los dientes? Pero ¿dónde está el querellante, el susodicho perro de Cidatenea?
EL PERRO: ¡Guau! ¡Guau!
BDELICLEÓN: Aquí está.
FILOCLEÓN: Ése es otro Labes.
BDELICLEÓN: Por lo mucho que ladra, desde luego.
FILOCLEÓN: Y por lo bien que lame el fondo de las ollas.
BDELICLEÓN: Silencio, sentaos; (al perro) subíos a ese banco y comenzad la acusación.
FILOCLEÓN: Permitidme ahora que me sirva esto para absolverlo.
EL PERRO: Ya habéis oído, señores jurados, el escrito de acusación que he presentado contra Labes: ha cometido contra mí y contra toda la «flota» la más indigna felonía; se metió en un rincón oscuro, robó un enorme queso de Sicilia, y atracándose en las tinieblas…
FILOCLEÓN: Basta, basta; el hecho está probado: el gran canalla acaba de soltar junto a mis narices un eructo que apesta a queso.
EL PERRO: … se negó a darme parte. ¿Qué servicios podrá prestaros quien se niega a darme a mí, que también soy perro, la menor cosa?
FILOCLEÓN: ¿No te ha dado nada? Tampoco a mí me ha dado ni el más pequeño trozo. Te veo tan «cocido» como mis lentejas.
BDELICLEÓN: Por los dioses, padre, no condenes por anticipado, antes al menos de haber oído a las dos partes.
FILOCLEÓN: Pero, querido, si la cosa está clara; si está clamando justicia.
EL PERRO: Sobre todo no le absolváis; es el más egoísta y voraz de los perros; recorre en un instante todo el molde de un queso, y se engulle hasta la costra como otros le dan la vuelta a una isla para esquilmar a todas sus ciudades.
FILOCLEÓN: Ni siquiera me ha dejado con qué cerrar las grietas de mi urna.
EL PERRO: Es preciso que le castiguéis. Un solo árbol no puede mantener dos urracas. Es insuficiente. Espero no haber ladrado en vano y en el vacío… porque en este caso ya no ladraré nunca más.
FILOCLEÓN: ¡Oh! ¡Oh! ¡Cuántas maldades! Ese individuo es la encarnación misma del robo. ¿No te parece lo mismo, gallo mío? ¡Ah!, sí, se adhiere a mi opinión. ¡Eh, Tesmoteta! ¿Dónde estás? Pásame el bacín.
BDELICLEÓN: Descuélgalo tú mismo, que yo estoy llamando a los testigos. Testigos de Labes, compareced: son un plato, una mano de mortero, un cuchillo, unas parrillas, una olla y otros utensilios medio quemados. ¿Acabaste de hacer aguas y no vas a sentarte nunca?
FILOCLEÓN: (Designando al acusado.) Tengo idea de que ese individuo va a hacerlas mayores.
BDELICLEÓN: ¿Cuándo acabarás de mostrarte cruel con los acusados y de enseñarles los dientes? (Al acusado.) Sube y defiéndete. ¿Por qué callas? Habla.
FILOCLEÓN: Parece que no tiene nada que alegar.
BDELICLEÓN: Sí; pero me figuro que le pasa lo que a Tucídides cuando, en cierta ocasión, la sorpresa le cerró la boca. (Al perro.) Retírate: yo me encargo de tu defensa. Ya comprenderéis, ¡oh jueces!, lo comprometido que es defender a un perro acusado de crimen tan atroz. Hablaré, no obstante. En primer lugar es valiente y ahuyenta los lobos.
FILOCLEÓN: ¿De qué sirve eso, si devora los quesos?
BDELICLEÓN: ¿De qué? Se bate por defenderte, está de centinela en tu puerta y manifiesta, además, otras cualidades excelentes… Si cometió algún hurto, hay que perdonárselo. Evidentemente no sabe tocar la lira.
FILOCLEÓN: ¡Ojalá tampoco supiera escribir! Así no hubiera redactado esa defensa de pillastre.
BDELICLEÓN: Escucha a nuestros testigos, diantre de hombre. Acércate, buen cuchillo, y declara en voz alta. Tú eras entonces pagador. Responde claro. ¿No partiste las porciones que debían ser distribuidas a los soldados? Dice que sí las partió.
FILOCLEÓN: Pues miente el descarado.
BDELICLEÓN: ¿Ten piedad de los humildes, diantre de hombre! ¡El infeliz Labes siempre come espinas y cabezas de pescados; no para un momento en un sitio. Ese otro sólo sirve para guardar la casa, y ya sabe lo que se hace: así reclama una parte de todo lo que traen, y al que no se la da, le clava el diente.
FILOCLEÓN: ¡Ay! parece que me ablando, me pongo enfermo…
BDELICLEÓN: ¡Vamos! te lo ruego ten piedad de él, no le condenes: ¿Dónde están sus hijos? Acercaos, infelices. Aullad, rezad, suplicad, llorad sin consuelo.
FILOCLEÓN: Baja de la tribuna, baja, baja, baja pronto.
BDELICLEÓN: Bajaré, aunque esa palabra ya ha engañado a muchos. No obstante, bajaré.
FILOCLEÓN: !Vete al infierno! ¿Por qué habré comido tan pronto? ¿Pues no he llorado? Creo que esto me sucede por haberme atracado de lentejas.
BDELICLEÓN: En definitiva ¿lo absuelves sí o no?
FILOCLEÓN: Muy peliagudo es el caso.
BDELICLEÓN: Vamos, padre, sé más humano. Coge tu voto; da un paso atrás, échalo en la segunda urna, entornando los ojos. Absuélvelo, padre.
FILOCLEÓN: No, no, nunca he sabido hacerlo.
BDELICLEÓN: Ven, te llevaré yo mismo (le conduce ante la urna número dos).
FILOCLEÓN: ¿Es esta la urna número uno?
BDELICLEÓN: La misma.
FILOCLEÓN: Pues aquí echo mi voto.
BDELICLEÓN: (Aparte.) Cayó en el lazo y lo absolvió sin saberlo. Procedamos al escrutinio.
FILOCLEÓN: ¿Cuál es el resultado del juicio?
BDELICLEÓN: Míralo. Labes queda absuelto. !Padre! ¡Padre! ¿Qué te pasa? !Agua! !Agua! Vamos, recóbrate.
FILOCLEÓN: Dime, ¿de veras ha quedado absuelto?
BDELICLEÓN: Sí.
FILOCLEÓN: Me siento morir.
BDELICLEÓN: Valor, padre mío, no te aflijas.
FILOCLEÓN: ¿Cómo podré resistir la pena de haber absuelto a un procesado? ¿Qué va a ser de mí? !Oh venerables dioses, perdonadme! Lo hice a pesar mío y contra mi costumbre.
BDELICLEÓN: No te desesperes así, padre mío; yo te daré una vida regalada; te llevaré a cenas y convites; vendrás conmigo a todas las fiestas y pasarás agradablemente el resto de tu existencia; ya no se burlará de tí Hipérbolo. Pero entremos.
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